Descubre si tu trabajo es considerado como trabajo doméstico y si tienes derecho a recibir beneficios. Puedes consultar el registro del Ministerio de Trabajo para saber si tu tarea entra en esta categoría y si puedes acceder a los beneficios específicos para este sector.
Determina si tu actividad se considera trabajo doméstico y si tienes derecho a beneficios
Descubre si tu trabajo es considerado como empleo doméstico y si tienes derecho a recibir beneficios. El Gobierno Nacional ha implementado programas para registrar y legalizar a las empleadas domésticas, brindándoles acceso a los beneficios establecidos para el sector.
Un programa importante es Registradas, que estará vigente hasta fin de año para mejorar las condiciones laborales de estas trabajadoras.
Es importante tener en cuenta que existen algunas labores que, aunque podrían ser consideradas como empleo doméstico, no se incluyen en los parámetros de las actividades realizadas en casas particulares. Por ello, el Ministerio de Trabajo ha elaborado una lista que especifica qué tareas no están cubiertas por este convenio.
A continuación, te presentamos qué tareas están y cuáles no están contempladas en la categoría de empleadas domésticas.
¿Quiénes no son consideradas empleadas domésticas?
Las personas que no son consideradas empleadas domésticas son aquellas que realizan las siguientes tareas:
- Aquellas contratadas por personas jurídicas para desempeñar estas labores.
- Los familiares del dueño de la casa, como padres, hijos, hermanos, nietos, u otros que sean considerados como parientes o tengan algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador según las leyes o costumbres.
- Las que realizan tareas de cuidado y asistencia de personas enfermas o con discapacidad, siempre y cuando sea exclusivamente de carácter terapéutico o requiera habilitaciones profesionales específicas.
- Las contratadas únicamente para conducir vehículos particulares de la familia o de la casa.
- Aquellas que viven en la vivienda junto con el personal de casas particulares y no brindan servicios domésticos para el empleador.
- Las que, además de las tareas domésticas, prestan otros servicios para el empleador en actividades o empresas diferentes a la casa particular, sin importar la frecuencia.
- Las empleadas por consorcios de propietarios según la Ley 13512, por clubes de campo, barrios privados u otros sistemas de condominio, para realizar tareas específicas descritas en el artículo 2° de dicha ley en esas unidades funcionales.
¿A quiénes se considera empleadas domésticas?
Las empleadas domésticas son aquellas personas que realizan trabajos de limpieza, mantenimiento y otras labores comunes en el hogar, según el Ministerio de Trabajo.
Este tipo de empleo también incluye brindar asistencia y acompañamiento a miembros de la familia o personas que vivan en la misma casa que el empleador. Además, se considera empleo doméstico el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
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